En este espacio
expondré, en una serie de apartados numerados, las leyes general y artículos
específicos que afectan al Museo de Arte Ibérico El Cigarralejo y a la
colección arqueológica que en él se custodia.
1º En primer lugar tenemos que citar la Ley reguladora de todos los museos de la Región de Murcia que sustituyó a la antigua Ley 5/1990, de 11 de abril: Se trata de la Ley 5/1996,de 30 de julio, de Museos de la Región de Murcia por la cual se regula todo lo concerniente a los museos y sus colecciones en la Región de Murcia: funciones, principios de colaboración, conservación.... Nos vemos obligados a añadir a esta Ley, cuyas disposiciones son de carácter general. Se trata del Decreto n.º137/2005, de nueve de diciembre, Por el que se desarrolla parcialmente la Ley anteriormente citada. Se reafirman en este Decreto las competencias de la Región de Murcia sobre todos sus museos y colecciones, incluyéndose también una lista de 9 museos que solicitan inclusión en el Sistema de Museos de la Región de Murcia. Dicha lista fue ampliándose hasta llegar a los 22 museos que hoy la integran. El Museo de Arte Ibérico del Cigarralejo es miembro de este sistema, por lo cual, aparece acogido a la regulación y privilegios otorgados por la Ley 5/1996, de 30 de julio anteriormente citada. Tenemos que citar también, en relación con el Sistema de Museos de la Región de Murcia el Decreto n.º281/2007, de 3 de agosto, por el que se modifica el Decreto n.º 34/2003, de 11 de abril, por el que se regula la composición y organización del Consejo de Museos. Hemos añadido el Decreto anterior por ser este Consejo de Museos el órgano asesor y consultivo del Sistema de Museos de la Región de Murcia.
2º En este segundo apartado entramos ya de lleno en lo concerniente a la constitución propia del Museo de Arte Ibérico del Cigarralejo haciendo alusión a legislación que lo fundamenta. El Museo se constituyó como museo de titularidad estatal y gestión regional mediante la Orden del Ministerio de Cultura, de 21 de abril de1989 donde se acepta la donación que realizó Don Emeterio Cuadrado y se esbozan algunas disposiciones sobre el Museo. Por último me veo en la obligación de nombrar el Decreto n.º 43/2003, de 9 de mayo, por el que se crea el Patronato del Museo «El Cigarralejo» de Mula. Este Patronato es creado para el asesoramiento y seguimiento de la gestión del Museo.
1º En primer lugar tenemos que citar la Ley reguladora de todos los museos de la Región de Murcia que sustituyó a la antigua Ley 5/1990, de 11 de abril: Se trata de la Ley 5/1996,de 30 de julio, de Museos de la Región de Murcia por la cual se regula todo lo concerniente a los museos y sus colecciones en la Región de Murcia: funciones, principios de colaboración, conservación.... Nos vemos obligados a añadir a esta Ley, cuyas disposiciones son de carácter general. Se trata del Decreto n.º137/2005, de nueve de diciembre, Por el que se desarrolla parcialmente la Ley anteriormente citada. Se reafirman en este Decreto las competencias de la Región de Murcia sobre todos sus museos y colecciones, incluyéndose también una lista de 9 museos que solicitan inclusión en el Sistema de Museos de la Región de Murcia. Dicha lista fue ampliándose hasta llegar a los 22 museos que hoy la integran. El Museo de Arte Ibérico del Cigarralejo es miembro de este sistema, por lo cual, aparece acogido a la regulación y privilegios otorgados por la Ley 5/1996, de 30 de julio anteriormente citada. Tenemos que citar también, en relación con el Sistema de Museos de la Región de Murcia el Decreto n.º281/2007, de 3 de agosto, por el que se modifica el Decreto n.º 34/2003, de 11 de abril, por el que se regula la composición y organización del Consejo de Museos. Hemos añadido el Decreto anterior por ser este Consejo de Museos el órgano asesor y consultivo del Sistema de Museos de la Región de Murcia.
2º En este segundo apartado entramos ya de lleno en lo concerniente a la constitución propia del Museo de Arte Ibérico del Cigarralejo haciendo alusión a legislación que lo fundamenta. El Museo se constituyó como museo de titularidad estatal y gestión regional mediante la Orden del Ministerio de Cultura, de 21 de abril de1989 donde se acepta la donación que realizó Don Emeterio Cuadrado y se esbozan algunas disposiciones sobre el Museo. Por último me veo en la obligación de nombrar el Decreto n.º 43/2003, de 9 de mayo, por el que se crea el Patronato del Museo «El Cigarralejo» de Mula. Este Patronato es creado para el asesoramiento y seguimiento de la gestión del Museo.
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